Gobierno de Rumania: Decisión sobre nuevas medidas en la pandemia de coronavirus

El gobierno rumano decide medidas para la pandemia de coronavirus

El gobierno rumano adoptó hoy, a través del CNSU, una nueva decisión que impone nuevas medidas de protección en plena pandemia del Coronavirus, así como la reapertura de los colegios en todo el país, y a continuación tenéis todos los detalles de las medidas que se imponen de aquí en adelante.

"Art.1 – (1) Se propone retomar actividades que requieran la presencia física de preescolares y estudiantes en las unidades educativas, según los siguientes escenarios:
a) El escenario verde - la incidencia acumulada en los últimos 14 días de casos en la localidad es menor o igual a 1/1.000 habitantes - se permiten actividades que requieran la presencia física de preescolares, preescolares y estudiantes en instituciones educativas todas las categorías de preescolares, preescolares y escolares;
b) El escenario amarillo – la incidencia acumulada en los últimos 14 días de casos en la localidad es mayor a 1/1.000 pero menor o igual a 3/1.000 habitantes – actividades que requieren la presencia física de preescolares, preescolares y estudiantes en las instituciones educativas existen permisos para todos los niños en edad preescolar y preescolar, estudiantes de las clases de educación primaria, así como para los estudiantes de las clases terminales de educación secundaria, secundaria, vocacional y post-secundaria;
c) Escenario rojo - la incidencia acumulada en los últimos 14 días de casos en la localidad es mayor a 3/1.000 - se permiten actividades que requieran la presencia física de preescolares, preescolares y estudiantes de instituciones educativas para todos los preescolares y niños en edad preescolar, así como para estudiantes clases de educación primaria.
(2) Se propone que, independientemente de los escenarios previstos en el párr. (1), las prácticas de formación práctica para estudiantes de enseñanza media tecnológica, post-secundaria, profesional y dual profesional, se realizarán con presencia física, respetando los procedimientos relativos a las medidas de protección establecidas por las entidades organizadoras de las prácticas de formación y las lo dispuesto en la Orden Conjunta del Ministro de Educación e Investigación y del Ministro de Sanidad.
(3) Se propone que la decisión sobre la forma de realizar las actividades que requieren la presencia física de los estudiantes dentro de las instituciones de educación superior, sea tomada por sus dirigentes, con base en la autonomía universitaria.
(4) A nivel de localidades donde se instaura la medida de cuarentena zonal, no se permiten actividades que requieran la presencia física de preescolares y estudiantes en las unidades educativas.
(5) En caso de cambio en la tasa de incidencia acumulada, que determine la inclusión en otro escenario distinto de los previstos en el párr. (1), la determinación y modificación del escenario se realiza en los términos de la Ley núm. 55 de 2020 sobre algunas medidas para prevenir y combatir los efectos de la pandemia COVID-19 y la orden conjunta del Ministro de Educación e Investigación y el Ministro de Salud.

Art.2 – Se propone que las actividades que requieran la presencia física de los estudiantes en las unidades de educación preuniversitaria del Ministerio del Interior y del Ministerio de la Defensa Nacional, sean gestionadas de acuerdo con el análisis de la situación epidemiológica realizado en el nivel de los ministerios de los que forman parte y establecidos por decisiones de sus dirigentes, sin lo dispuesto en el art. 1.

Art.3 – Se propone desarrollar un acto normativo mediante el cual se establece la medida complementaria de suspensión de la actividad, por un período determinado, para los operadores económicos que incumplan las medidas para prevenir y combatir la propagación del COVID-19.

Art.4 – Esta decisión se comunica a todos los componentes del Sistema Nacional de Gestión de Emergencias, para su implementación mediante órdenes y actos administrativos de sus dirigentes."