El Gobierno de Rumanía: las nuevas flexibilizaciones que entrarán en vigor el 1 de agosto

El Gobierno rumano adoptó hoy una ordenanza de emergencia por la que adopta las flexibilizaciones que entrarán en vigor a partir del 1 de agosto en Rumanía, aunque el primer ministro Florin Citu afirmó que no se trata de medidas que relajen demasiado la situación en Rumanía. .

El gobierno rumano permitirá principalmente eventos con varias personas, tanto al aire libre como en interiores, pero aparte de eso, no cambia mucho en el contexto en el que la cuarta ola ya ha azotado a Rumanía.


Se podrán organizar y realizar actividades culturales, artísticas y de entretenimiento en espacios abiertos con la participación de no más de 2.500 personas, con la obligación del uso de mascarilla protectora, si se supera la incidencia acumulada de casos en 14 días en la localidad. mayor a 2 y menor o igual a 3/1.000 habitantes y todos los participantes sean personas vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y para quienes hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que presenten resultado negativo de una RT -Prueba de PCR para la infección por el virus SARS-CoV-2 no mayor a 72 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos no mayor a 24 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 15 y el día 180 después de la confirmación de la infección por SARS-CoV-2.

Asimismo, se podrán organizar y realizar actividades culturales, artísticas y de entretenimiento en espacios abiertos con la participación de no más de 75.000 personas, con la obligación del uso de mascarilla protectora, si la incidencia acumulada de casos en 14 días en la localidad es menor. igual o superior a 2/1.000 habitantes y todos los participantes sean personas vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y para quienes hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que presenten un resultado negativo de una prueba RT-PCR para la infección por el virus del SARS-CoV-2 que no tenga más de 72 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígeno que no tenga más de 24 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 15 y el día 180 después de la confirmación de la infección por SARS-CoV-2 .

Las actividades se pueden organizar y realizar en todas las localidades independientemente de la tasa de incidencia acumulada por 14 días de casos con un número superior a 2.500 personas, si todos los participantes presentan prueba de vacunación contra el SARS-CoV-2 de 10 días desde su finalización. del esquema completo de vacunación.

Se permitirá la organización de eventos privados (bodas, bautizos, comidas festivas, servicios conmemorativos, etc.) a partir del 01.08.2021, con la participación de un máximo de 150 personas en espacios abiertos, o con la participación de un máximo de 100 personas en espacios cerrados, si la incidencia acumulada de casos en 14 días en la localidad es mayor a 2 e menor o igual a 3/1.000 habitantes y se respetan las medidas de protección sanitaria, en el intervalo horario de 5:00 a 02:00 horas. A la hora de determinar el número máximo de personas, no se incluyen los niños menores de 16 años.

Se permitirá la organización de eventos privados (bodas, bautizos, comidas festivas, servicios conmemorativos, etc.) a partir del 01.08.2021, con la participación de un máximo de 200 personas en espacios abiertos, o con la participación de un máximo de 150 personas en espacios cerrados, si la incidencia acumulada de casos en 14 días en la localidad es menor o igual a 2/1.000 habitantes y se respetan las medidas de protección sanitaria, en el intervalo horario de 5:00 a 02:00 horas. A la hora de determinar el número máximo de personas, no se incluyen los niños menores de 16 años.

Se permitirá la organización de eventos privados (bodas, bautizos) con un número máximo de 300 personas en el interior y con la habilitación de una superficie de 2 m² por cada persona en los/localidades donde la incidencia acumulada en 14 días sea superior a 2 y más inferior o igual a 3/1.000 habitantes, en el intervalo de tiempo 5:00-02:00 y si todos los participantes son personas vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y para quienes han transcurrido 10 días desde la finalización de el esquema de vacunación completo, las personas que presenten el resultado negativo de una prueba RT-PCR para la infección por el virus SARS-CoV-2 no mayor a 72 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos no mayor a 24 horas, respectivamente, personas que se encuentran en el período comprendido entre el día 15 y el día 180 después de la confirmación de la infección por SARSCoV-2.

Se permitirán eventos privados (bodas, bautizos) con un número máximo de 400 personas en el interior y con la disposición de una superficie de 2 m14 por cada persona en los/localidades donde la incidencia acumulada en 2 días sea menor o igual a 1.000/5 de habitantes, en el intervalo horario 00:02-00:2 y si todos los participantes son personas vacunadas contra el virus SARS-CoV-10 y para quienes hayan transcurrido 2 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, las personas que presenten un resultado negativo de la prueba RT-PCR para la infección por el virus SARSCoV-72 no mayor a 24 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígeno no mayor a 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después de la confirmación de Infección por SARS-CoV-XNUMX.

A partir del 01.08.2021 se realizarán actividades recreativas y deportivas al aire libre con la participación de no más de 30 personas que no convivan, si la incidencia acumulada de casos en la localidad en 14 días es mayor a 2 y menor o igual. a 3/1.000 habitantes y con la participación de no más de 50 personas que no convivan, si la incidencia acumulada de casos en 14 días en la localidad es menor o igual a 2/1.000 habitantes.

A partir del 01.08.2021, será posible organizar concentraciones y manifestaciones con un número máximo de participantes de 100 personas, si la incidencia acumulada de casos en 14 días en la localidad es superior a 2 e inferior o igual a 3/1.000 de habitantes y con un número máximo de 500 personas si la incidencia acumulada de casos en 14 días en la localidad es inferior o igual a 2/1.000 habitantes.

A partir del 01.08.2021 se permitirán actividades en bares, discotecas, discotecas y salas de juego, hasta el 70% del aforo máximo de los espacios cerrados en el intervalo horario de 5:00 a 02:00, si la incidencia acumulada en 14 días de casos en la localidad es mayor a 2 e menor o igual a 3/1.000 habitantes y hasta la capacidad máxima si la incidencia acumulada de casos en 14 días en la localidad es menor o igual a 2/1.000 habitantes. La participación en estas actividades está permitida únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y que hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación.