Actividades Prohibidas en el Estado de Alerta y Excepciones a las Normas

Reglas de excepciones del estado de alerta de actividades prohibidas

Las actividades prohibidas durante el estado de alarma por el Gobierno rumano, así como las excepciones a las normas que deben respetar todos los rumanos, han sido publicadas por las autoridades para que todo el mundo sepa claramente lo que puede o no hacer en el siguiente periodo de tiempo.

A continuación puedes ver todas las disposiciones incluidas en la decisión de ampliar el estado de alerta en Rumanía, para que puedas tener una idea muy clara de lo que debes, o no, hacer, y lo que estás legalmente permitido hacer. hacer

Las principales actividades prohibidas durante el estado de alarma y sus excepciones:

  • mítines, manifestaciones, procesiones, conciertos, espectáculos, cursos de formación, talleres, conferencias u otros tipos de reuniones, la organización de eventos privados (bodas, bautizos, comidas festivas y similares), así como reuniones de carácter cultural, científico actividades, artísticas, deportivas o de entretenimiento en espacios abiertos o cerrados, con las siguientes excepciones:
    • Las competiciones deportivas pueden tener lugar en el territorio de Rumania, en espacios cerrados o abiertos, con la participación de espectadores hasta:
      • El 50% del aforo máximo del espacio en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas, garantizando una distancia mínima de 2 metros entre personas y usando mascarilla protectora en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada cada 14 días sea inferior o igual a 1. /1.000 habitantes. La distribución de los espectadores se realiza por toda la superficie del espacio. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
      • El 30% de la capacidad máxima del espacio, en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas, garantizando una distancia de al menos 2 metros entre personas y usando mascarilla protectora en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada en 14 días sea superior a 1. /1.000 habitantes. La distribución de los espectadores se realiza por toda la superficie del espacio. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
    • Se permite la organización y realización de la actividad en cines, instituciones de espectáculos y/o conciertos en espacios cerrados o abiertos con la participación del público hasta:
      • El 50% de la capacidad máxima del espacio en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas y con el uso de mascarilla protectora en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada cada 14 días sea inferior o igual a 1/1.000 habitantes. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
      • El 30% del aforo máximo del espacio en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas y con el uso de mascarilla protectora en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada en 14 días sea superior a 1/1.000 habitantes. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
    • Se permite la organización y realización de espectáculos al aire libre, conciertos, festivales públicos y privados u otros eventos culturales con participación del público hasta:
      • El 50% del aforo máximo del espacio, pero no más de 1.000 personas, en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas, con la previsión de una distancia de 2 metros entre personas y una superficie de al menos 4 metros cuadrados para cada persona, según y uso de mascarilla protectora, en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada cada 14 días sea inferior o igual a 1/1.000 habitantes. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
      • El 30% de la capacidad máxima del espacio, pero no más de 500 personas, en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas, con la previsión de una distancia de 2 metros entre personas y una superficie de al menos 4 metros cuadrados para cada persona, según así como y uso de mascarilla protectora, en comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada en 14 días sea superior a 1/1.000 habitantes. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
    • está permitido, en las condiciones de la Ley núm. 60/1991, relativa a la organización y realización de reuniones públicas, volvió a publicar, con modificaciones posteriores, la organización de mítines y manifestaciones con un número máximo de participantes de 100 personas y con máscaras protectoras. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
    • Se permite la actividad de restaurantes y cafeterías, en el interior de los edificios, así como en las terrazas, hasta:
      • El 50% de la capacidad máxima del espacio en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada cada 14 días sea inferior o igual a 3/1.000 habitantes. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
      • El 30% de la capacidad máxima del espacio en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada en 14 días sea superior a 3/1.000 habitantes. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
    • Se permite la actividad de restaurantes y cafeterías en el interior de hoteles, pensiones u otras unidades de alojamiento, así como en sus terrazas, hasta:
      • El 50% de la capacidad máxima del espacio en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada cada 14 días sea inferior o igual a 3/1.000 habitantes. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
      • El 30% de la capacidad máxima del espacio en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada en 14 días sea superior a 3/1.000 habitantes. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
    • Se permite la actividad con público en centros comerciales y parques únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y a quienes hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que presenten resultado negativo de una RT. -Prueba de PCR para la infección por el virus SARS-CoV-2 de no más de 72 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-2 de no más de 48 horas, respectivamente, personas que se encuentren en el período comprendido entre el día 15 y el día 180 después de la confirmación de la infección por el virus SARS-CoV-2. La medida no aplica a las personas que se presenten en los centros de vacunación para administrar una dosis de vacuna, si se establecen carriles exclusivos y controlados de entrada, circulación y salida en/desde los centros y parques comerciales;
    • La actividad con el público de los operadores económicos cuyo principal objeto de actividad sea la venta de productos no alimentarios está permitida únicamente a las personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y para quienes hayan transcurrido 10 días desde la finalización de la vacunación completa. esquema de vacunación, las personas que presenten el resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el virus SARS-CoV-2 no mayor a 72 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para infección por el SARS-CoV-2 virus que no tenga más de 48 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 15 y el día 180 después de la confirmación de la infección por el virus SARS-CoV-2. La medida no aplica a las unidades farmacéuticas ubicadas fuera de centros y parques comerciales, así como a gasolineras;
    • Se permite el acceso a locales de venta de productos no alimentarios con una superficie inferior o igual a 200 metros cuadrados a todas las personas sin necesidad de presentar prueba de vacunación, pruebas o curación de la infección por el virus SARS-CoV-2, con el aseguramiento de una distancia de 2 metros entre personas y de una superficie de al menos 4 metros cuadrados para cada persona y la visualización en la entrada al espacio comercial del número máximo de personas que pueden estar en el local a las al mismo tiempo;
    • está prohibida la actividad en bares, discotecas y clubes;
    • Se permite la actividad con el público de los operadores económicos que desarrollen la actividad en espacios cerrados en el ámbito de las salas deportivas y de fitness sin exceder:
      • El 50% de la capacidad máxima del espacio, garantizando una distancia de 2 metros entre personas y una superficie de al menos 4 metros cuadrados para cada persona en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada cada 14 días sea menor o igual a 1. /1.000 habitantes. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
      • El 30% del aforo máximo del espacio, garantizando una distancia de 2 metros entre personas y una superficie de al menos 4 metros cuadrados por cada persona en las comarcas/localidades donde la tasa de incidencia acumulada en 14 días sea superior a 1 /1.000 habitantes. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
    • Se permite la actividad de los operadores económicos que gestionen parques infantiles para niños en espacios cerrados o abiertos sin superar el 50% de la capacidad máxima del espacio en el intervalo horario de 5,00 a 22,00 horas. Se permite la participación únicamente a personas que estén vacunadas contra el virus SARS-CoV-2 y hayan transcurrido 10 días desde la finalización del esquema completo de vacunación, personas que tengan un resultado negativo de una prueba RT-PCR para infección por el SARS. -Virus CoV-2 72 no mayor de 2 horas o el resultado negativo certificado de una prueba rápida de antígenos para la infección por el virus SARS-CoV-48 no mayor de 15 horas, respectivamente, personas que se encuentren entre el día 180 y el día 2 después confirmación de infección por el virus SARS-CoV-XNUMX;
    • Se permite la enseñanza y otras actividades específicas en las instituciones educativas, así como la organización y realización de exámenes para alumnos/estudiantes y personal docente, en las condiciones de cumplimiento de las medidas preventivas, establecidas por orden conjunta del Ministro de Educación y el Ministro. de salud.