Ministro de Sanidad: Importante decisión de última hora anunciada oficialmente a Rumanía

Importante decisión del Ministro de Salud anunciada oficialmente la última vez a Rumania

El Ministro de Sanidad ha anunciado oficialmente una decisión de última hora muy importante para toda Rumanía y para millones de rumanos, y es que mediante una nueva orden con el número 1.252/245/2022 se han introducido cambios en el registro estadístico de personas. que reciben servicios médicos.

El Ministro de Salud firmó una orden que, entre varios otros artículos, también contiene los siguientes, siendo estos algunos de los más importantes que ya entran en vigencia a raíz de la publicación en el Boletín Oficial de la nueva orden firmada para todos. de Rumanía ya.

"El criterio de hospitalización "código 3" se completa sólo si el paciente no está asegurado y se beneficia de los servicios prestados en las posiciones 3 y 4 de la lista proporcionada en el cap. Encendí. B punto B.3.1 y posición 59 de la lista del punto B.3.2 del anexo núm. 22 de la Orden 1.068/627/2021, con posteriores modificaciones y adiciones, que se otorgan en estructuras de hospitalización de día homologadas/aprobadas por el Ministerio de Salud.

Si los servicios previstos en los puestos 3 y 4 de la lista prevista en el cap. Encendí. Se concede al asegurado el punto B B.3.1 y el puesto 59 de la lista en el punto B.3.2, cumplimentar "código 2". Se elaboran hojas de hospitalización de día distintas para cada puesto de los casos resueltos, servicios médicos en régimen de hospitalización de día.

Previsto en lit. B punto B.1, punto B.2, punto B.3 inciso B.3.1 y B.3.2, punto B.4.1 y punto B.4.2 del anexo núm. 22, así como para cada puesto en los servicios médicos - caso en el régimen de hospitalización de día previsto en el art. 5 del anexo núm. 50 y art. 4 del anexo núm. 51 de la Orden del Ministro de Salud y del Presidente de la Casa Nacional del Seguro de Salud núm. 1.068/627/2021, con modificaciones y adiciones posteriores.

El registro de servicios de hospitalización de día del tipo "servicio" se realiza por separado para cada visita, si los respectivos servicios fueron realizados durante la visita, completando el nombre del servicio, según letra B punto B.3, punto B.4.1 y punto B.4.2 del anexo núm. 22, art. 5 del anexo núm. 50, así como el art. 4 del anexo núm. 51 de la Orden del Ministro de Salud y del Presidente de la Casa Nacional del Seguro de Salud núm. 1.068/627/2021, con modificaciones y adiciones posteriores.

La visita tiene una duración máxima de 12 horas diarias, no siendo posibles múltiples visitas el mismo día en la misma hoja de hospitalización de día. Para las hospitalizaciones de día del tipo «caso resuelto», el apartado «Servicios realizados» no está cumplimentado."