El Ministro de Sanidad: Cambios oficiales de última hora para los rumanos, lo que la gente necesita saber

El Ministro de Salud cambia oficialmente la última vez que los rumanos deben saberlo

El Ministro de Sanidad tomó una decisión muy importante, transformada en una orden que se adoptó en Rumanía y se publicó en el Boletín Oficial, y es que se trata de recetas médicas electrónicas, los cambios se realizan en el anexo 2 de la orden del Ministerio, y CNAS, en el capítulo II, punto I, punto 2 letra A, modificándose el primer guion del inciso X con lo que se ve a continuación.

El Ministro de Sanidad afirma también que el punto 3 del mismo anexo tendrá un nuevo contenido, así como el punto 4, letra i), inciso (ii), todo ello pensado en beneficio de los millones de rumanos de todo el país que desea beneficiarse de servicios médicos mediante receta electrónica, en cualquier parte del país.

"Número 1, si se trata de personas beneficiarias de leyes especiales que no aparecen mencionadas separadamente en el formulario de receta médica electrónica, pero que sí aparecen mencionadas separadamente en el art. 224 párr. (1) encendido. d) de la Ley núm. 95/2006 sobre reforma sanitaria, republicado, con posteriores modificaciones y adiciones, y al art. 4 párr. (1) encendido. c) de la Ley núm. 56/2020 para reconocer los méritos del personal médico que participa en acciones médicas contra el COVID-19.

Con las posteriores modificaciones y adiciones, mencionando claramente el acto jurídico del que se beneficia. Para estas categorías de personas, el valor de los medicamentos prescritos para el tratamiento de dolencias específicas corre a cargo de la Caja Nacional Única del Seguro Social de Salud, en las condiciones del contrato marco y en las normas metodológicas para su aplicación.

PNS - para recetas que contengan DCI de la sublista C, sección C2, se indicará el número del programa/subprograma dentro del Programa Curativo Nacional: 3 - Programa Nacional de Oncología, 5 - Programa Nacional de Diabetes, Tratamiento farmacológico de pacientes con diabetes, 9 – El Programa Nacional de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células de Origen Humano (9.7 – Tratamiento ambulatorio postrasplante de pacientes trasplantados) y algunas enfermedades raras incluidas en el Programa Nacional de Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades Raras – 6 – Hemofilia y talasemia ( 6.1).

Fibrosis quística (6.4), enfermedades neurológicas degenerativas/inflamatorias: esclerosis lateral amiotrófica (6.5.2), síndrome de Prader-Willi (6.7), enfermedad de Fabry (6.8), púrpura trombocitopénica inmunitaria idiopática crónica (6.17), fibrosis pulmonar idiopática (6.20) , distrofia muscular de Duchenne (6.21), angioedema hereditario (6.22), neuropatía óptica hereditaria de Leber (6.23), enfermedades raras – medicamentos incluidos condicionalmente (6.27) para aquellos medicamentos dispensados ​​a través de farmacias comunitarias, linfangioleiomiomatosis (6.28), respectivamente, el número del programa será indicado para el cual la dispensación de medicamentos en tratamiento ambulatorio se realiza a través de farmacias de circuito cerrado,

De acuerdo con lo dispuesto en la decisión del Gobierno para la aprobación de los programas nacionales de salud y en las normas técnicas para la realización de los programas nacionales curativos de salud, aprobadas por orden del presidente de la Casa Nacional del Seguro de Salud. Para recetas que también contengan el ICD de la sublista C1, relacionado con una categoría de enfermedad, para cualquier categoría de asegurado adulto/niño, en la columna "Lista", al lado del ICD relacionado con una categoría de enfermedad, se indicará la categoría respectiva. anotado (G1 -G31a-i)”.