El Tribunal de Justicia Europeo reitera la legalidad de la reventa de software licenciado

  Hace unos meses, la empresa Oracle demandó a un comerciante alemán que revendía software con licencia de Oracle a todas las partes interesadas. Oracle argumentó que esto es ilegal, en contra de lo establecido en los términos de compra del software, y deberían recibir parte del monto solicitado por el revendedor. Después de un juicio controvertido, parece que la decisión final vino del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que afirma que cualquier persona que haya comprado un producto de software o un producto con una licencia permanente, puede revender ese producto sin ninguna restricción y sin ceder a la empresa desarrolladora. cualquier remuneración.

La primera venta en la UE de una copia de un programa de ordenador por parte del titular de los derechos de autor o con su consentimiento agota el derecho de distribución de esa copia en la UE. Un titular de derechos que haya comercializado una copia en el territorio de un Estado miembro de la UE pierde así el derecho a invocar su monopolio de explotación para oponerse a la reventa de esa copia... El principio de agotamiento del derecho de distribución se aplica no sólo cuando el titular de los derechos de autor comercializa copias de su software en un soporte material (CD-ROM o DVD), sino también cuando las distribuye mediante descargas desde su sitio web.

  Prácticamente independientemente de si compramos software en el sitio web de una empresa o en su tienda, tenemos derecho a revenderlo sin restricciones, pero sólo si este software se compra con una licencia permanente. Los derechos ofrecidos a los compradores podrían limitar los derechos de las empresas a restringir el acceso de los usuarios a diversos servicios, pero podrían obligar a algunas a poner ese contenido a disposición de todos los que lo compraron. Aquí es donde entra en discusión la App Store de Apple y las aplicaciones retiradas de ella, aunque hayan sido compradas por los usuarios.

El Tribunal de Justicia observa, en particular, que limitar la aplicación del principio de agotamiento del derecho de distribución únicamente a las copias de programas de ordenador vendidos en un soporte material permitiría al titular de los derechos controlar la reventa de las copias descargadas de Internet y exigir una remuneración adicional con motivo de cada nueva venta, aunque la primera venta de la copia ya había permitido al titular del derecho obtener una remuneración adecuada. Una restricción de este tipo a la reventa de copias de programas de ordenador descargados de Internet iría más allá de lo necesario para salvaguardar el objeto específico de la propiedad intelectual de que se trate.

  No es infrecuente que Apple retire contenido digital de su tienda y los usuarios no lo vuelvan a descargar a pesar de haber pagado por él. Apple podría verse obligada a abandonar estas prácticas y dar a los usuarios la oportunidad de volver a descargar aplicaciones incluso si han sido retiradas de la App Store. La decisión del Tribunal de Justicia es nueva, se aplica inmediatamente y tendrá importantes efectos en el futuro. Tienes más detalles en este documento.