Coronavirus Rumania: EN VIVO, MAI anuncia nuevas medidas el 21 de marzo

Declaraciones de prensa en la sede del AMI

Declaraciones de prensa en la sede del AMI

Publicado por Ministerio de Salud - Rumania el sábado 21 de marzo de 2020

El coronavirus infectó a 367 rumanos, y hoy mucha gente atravesó parques, bosques y otros espacios abiertos, aprovechando el calor exterior, por lo que era necesario un mensaje RO-ALERT para recordar a todos que está bien tratar de protegerse.

Como era de esperar, la situación actual trae consigo nuevas medidas del AMI, por lo que el ministro Marcel Vela, Raed Arafat y Bogdan Despescu hablan en estas actas sobre lo que se debe imponer en Rumanía para prevenir aún más la propagación del coronavirus.

Aquí están todas las medidas impuestas por la ordenanza militar presentada por las autoridades.

"Articulo 1

(1) Se suspende temporalmente la actividad en consultorios odontológicos.

(2) Se permiten excepcionalmente intervenciones dentales de urgencia.

(3) La medida se aplicará a partir del 22 de marzo de 2020 a las 22.00, hora de Rumanía.

Artículo 2

(1) Se suspenden temporalmente las ventas al por menor de productos y servicios en los centros comerciales donde operen varios operadores económicos, con excepción de la venta de productos alimenticios, veterinarios o farmacéuticos y de servicios de limpieza.

(2) Se entiende por centro comercial "la estructura comercial de mediana o gran superficie en la que se realiza la venta al por menor de productos, servicios de mercado y actividades de restauración pública, utilizando una infraestructura común y servicios públicos adecuados", tal y como se regula en el anexo a la Ley núm. 296/2004 del Código del Consumo, republicado, con posteriores modificaciones y adiciones.

(3) La medida se aplicará a partir del 22 de marzo de 2020 a las 22.00, hora de Rumanía.

Artículo 3

(1) La circulación de personas fuera del domicilio/hogar se realiza únicamente observando las medidas generales para prevenir la propagación del COVID-19 y evitando la formación de cualquier grupo de personas.

(2) La formación de un grupo de personas significa la unión de más de 3 personas que no conviven juntas.

Artículo 4

En el intervalo horario de 06.00 a 22.00 horas, se recomienda que el movimiento de personas fuera del hogar/hogar se realice únicamente por los siguientes motivos:

a) viajar por interés profesional, incluso entre el hogar / hogar y el lugar / lugares donde se desarrolla la actividad profesional y viceversa;
b) viajar para el suministro de bienes que cubran las necesidades básicas de personas y mascotas/animales domésticos, así como bienes necesarios para el ejercicio de la actividad profesional;
c) viajes para asistencia médica que no puedan posponerse o realizarse a distancia;
d) viajes por motivos justificados, como cuidado/acompañamiento de niños, asistencia a personas mayores, enfermas o discapacitadas o fallecimiento de un familiar;
e) desplazamientos cortos, cercanos al domicilio/hogar, relacionados con la actividad física individual de las personas y las necesidades de las mascotas/animales domésticos.

Artículo 5

(1) En el intervalo de tiempo de 22.00 a 06.00 horas, el movimiento de personas fuera del hogar/hogar está permitido únicamente por los motivos previstos en el art. 4.

(2) Para comprobar el motivo del viaje por interés profesional, las personas están obligadas a presentar, a petición del personal de las autoridades competentes, la tarjeta de servicio, el certificado expedido por el empresario o una declaración responsable. .

(3) Para comprobar el motivo del viaje de interés personal, las personas están obligadas a presentar, a petición del personal de las autoridades competentes, una declaración bajo su responsabilidad, previamente cumplimentada.

(4) La declaración jurada deberá incluir el nombre y apellidos, fecha de nacimiento, domicilio/hogar/lugar de actividad profesional, motivo del viaje, fecha de realización y firma.

(5) El personal de la Administración Presidencial, el Parlamento de Rumanía, el Gobierno de Rumanía, el Ministerio Público, las instituciones del sistema de defensa nacional, el orden público y la seguridad nacional, el cuerpo diplomático y el personal que presta servicios de utilidad pública están exentos de estas disposiciones.

(6) La medida se aplicará a partir del 23 de marzo de 2020 a las 22.00, hora de Rumanía.

Artículo 6

(1) Ciudadanos extranjeros y apátridas, tal como se definen en el artículo 2 letras a) yb) de la Ordenanza de Emergencia del Gobierno núm. 194/2002 sobre el régimen de los extranjeros en Rumania, republicado, con modificaciones y adiciones posteriores, excepto en la situación en que transitan por el territorio de Rumania, en una vía de tránsito, organizada mediante acuerdos con Estados vecinos.

(2) Con carácter excepcional, se permite la entrada en el territorio de Rumania a los ciudadanos extranjeros y apátridas pertenecientes a las siguientes categorías:

a) son familiares de ciudadanos rumanos;
b) sean familiares de ciudadanos de otros estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de la Confederación Suiza, con residencia en Rumania;
c) son personas que poseen una visa de larga duración, un permiso de residencia o un documento equivalente al permiso de residencia emitido por las autoridades rumanas de acuerdo con la Ordenanza de Emergencia del Gobierno núm. 194/2002 sobre el régimen de extranjeros en Rumania, republicado, con modificaciones y adiciones posteriores, o documento equivalente expedido por las autoridades de otros estados, según la legislación de la Unión Europea;
d) sean personas que viajen con fines profesionales, acreditados mediante visado, permiso de residencia u otro documento equivalente;
e) sea personal diplomático o consular, personal de organismos internacionales, personal militar o personal que pueda prestar ayuda humanitaria;
f) sean pasajeros en tránsito, incluidos los repatriados como consecuencia del otorgamiento de protección consular;
g) sean pasajeros que viajen por razones imperiosas (médicas o familiares);
h) sean personas que necesiten protección internacional o por otras razones humanitarias.
(3) La medida se aplicará a partir del 22 de marzo de 2020 a las 22.00, hora de Rumanía.

Artículo 7

(1) Las personas aisladas en su domicilio, como medida para prevenir la propagación del COVID19, que abandonan el lugar donde fueron colocadas, sin la aprobación de las autoridades competentes, se consideran personas de alto riesgo de contagio y son conducidas por el público. fuerzas del orden y puestos en cuarentena institucionalizada, bajo vigilancia.

(2) Las personas en cuarentena, como medida para prevenir la propagación del COVID-19, que abandonen el lugar donde fueron colocadas, sin la aprobación de las autoridades competentes, serán puestas en cuarentena por un nuevo período de 14 días.

(3) Las medidas ordenadas según los párrafos (1) y (2) no eximen a las personas de responsabilidad penal o contravencional.

(4) Las medidas se aplican a partir de la fecha de publicación de esta ordenanza militar en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I.

Artículo 8

(1) Las autoridades de la administración pública local tienen la obligación de identificar y realizar un seguimiento de las personas mayores de 65 años, sin apoyo u otra forma de ayuda, y de prestarles apoyo para minimizar su exposición fuera de sus hogares.

(2) Los registros se actualizan y se informan semanalmente al centro del condado/municipio para la coordinación y gestión de la intervención.

(3) Los comités locales, distritales y municipales para situaciones de emergencia identificarán formas de apoyo a las personas mencionadas en el párr. (1).

(4) Las medidas se aplican a partir de la fecha de publicación de esta ordenanza militar en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I.

Artículo 9

(1) Ordenanza militar núm. I/2020 sobre algunas primeras medidas de emergencia, que incluyen aglomeraciones de personas y la circulación transfronteriza de algunas mercancías, publicadas en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, nº 219 del 1 de marzo de 8, se completan como sigue:

Después del apartado 1 del artículo 2, se insertan dos nuevos apartados, los apartados 2 y 3, con el siguiente contenido:
"(2) Los servicios pueden celebrarse en lugares de culto, por parte de ministros eclesiásticos/religiosos, sin acceso público, los servicios pueden transmitirse en los medios de comunicación o en línea.

(3) Se podrán oficiar actos litúrgicos/religiosos privados (bautizos, bodas, funerales), en los que podrán participar un máximo de 8 personas, así como el compartir de los creyentes enfermos en el hospital o en sus domicilios".

Después del apartado 2 del artículo 4, se introduce un nuevo apartado, el apartado 3, con el siguiente contenido:
"3) Las disposiciones del párr. (I) y (2) también se aplican a los conductores de vehículos de transporte de mercancías con una capacidad máxima autorizada superior a 2,4 t".

Después del apartado 2 del artículo 5, se introduce un nuevo apartado, el apartado 3, con el siguiente contenido:
"3) Otras excepciones a la prohibición prevista en el apartado 1 se establecen por orden del Ministro de Sanidad."

(2) Las medidas se aplican a partir de la fecha de publicación de esta ordenanza militar en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I.

Artículo 10

(1) Están facultados para velar por la aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en esta ordenanza militar:

a) La Policía rumana, la Gendarmería rumana, la Policía local, la Agencia Nacional de Administración Fiscal, la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y los dirigentes de las autoridades de la administración pública local, para las medidas previstas en el art. 1 y 2;
b) Policía rumana, Gendarmería rumana, Policía Local, por las medidas previstas en el art. 3, 5 y 7;
c) Policía de Fronteras rumana, por la medida prevista en el art. 6.
(2) El incumplimiento de las primeras medidas de emergencia previstas en el art. 1-7 conllevan responsabilidad disciplinaria, civil, contravencional o penal, de conformidad con lo dispuesto en el art. 27 de la Ordenanza de Emergencia del Gobierno núm. 1/1999, con modificaciones y adiciones posteriores.

(3) El personal de las instituciones mencionadas en el párrafo (1) está facultado para comprobar las infracciones y aplicar sanciones, de conformidad con las disposiciones del artículo 29 de la Ordenanza Gubernamental de Emergencia núm. 1/1999, con modificaciones y adiciones posteriores.

Artículo 11

(1) Esta ordenanza militar se publica en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I.

(2) Los proveedores de servicios de comunicación audiovisual tienen la obligación de informar al público, mediante mensajes difundidos periódicamente, durante al menos dos días a partir de la fecha de publicación, sobre el contenido de la presente ordenanza militar."