Las ordenanzas militares 5 y 6 traen nuevas medidas y cuarentena en Suceava

ordenanzas militares 5 6 Cuarentena de Suceava

Las autoridades rumanas anunciaron anoche las ordenanzas militares 5 y 6, que aportan algunas aclaraciones sobre las anteriores, pero también la primera cuarentena para localidades de Rumanía, Suceava y 8 municipios vecinos en cuarentena.

La ciudad de Suceava, junto con los municipios de Adâncata, Salcea, Ipotești, Moara, Șcheia, Pătrăuți y Mitocu Dragomirnei, están puestos en cuarentena por las autoridades rumanas a partir de hoy para evitar la propagación del nuevo coronavirus, medida que se prolongará durante todo el estado de emergencia.

La decisión se tomó porque en la provincia de Suceava se registran más del 25% de todos los casos de infección por el nuevo coronavirus en Rumanía, es decir, unos 600, pero también el mayor número de muertes entre todas las provincias de Rumanía.

Esto es lo que establece la ordenanza militar 5:

"Teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 24 de la Ordenanza de Emergencia del Gobierno nº 1/1999 sobre el régimen del estado de sitio y el régimen del estado de emergencia, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, nº. 22 de 21 de enero de 1999, aprobada con modificaciones y adiciones por la Ley no. 453/2004, con modificaciones y adiciones posteriores,

Teniendo en cuenta la evaluación realizada por el Comité Nacional para Situaciones Especiales de Emergencia, aprobada mediante Decisión no. 16 del 30.03.2020,

De conformidad con el art. 4 párr. (2) y (4) del Decreto del Presidente de Rumanía nº 195/2020 sobre el establecimiento del estado de emergencia a nivel nacional, publicado en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, nº. 212 de 16 de marzo de 2020, de los puntos 1 y 4 del anexo no. 2 del mismo decreto y el art. 20 litros. n) a partir de la Ordenanza Gubernamental de Emergencia nº 1/1999, con modificaciones y adiciones posteriores, el Ministro del Interior emite la siguiente Ordenanza Militar

Art.1 - (1) La medida de suspensión de vuelos realizados por operadores económicos aéreos a España y de España a Rumanía se prorroga por un período de 14 días, comenzando el 31 de marzo de 2020 a las 18.00 horas.

(2) La suspensión de los vuelos realizados por operadores aéreos económicos con destino a Italia y de Italia a Rumanía se prorroga por un período de 14 días a partir del 6 de abril de 2020.

(3) Las medidas previstas en el párr. (1) y (2) no se aplican a vuelos realizados por aeronaves estatales, vuelos de transporte de carga y correo, humanitarios o que proporcionen servicios médicos de emergencia, así como aterrizajes técnicos no comerciales.

Art.2 – (1) El Ministerio de Transportes, Infraestructuras y Comunicaciones queda facultado para velar por la aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en el art. 1 de esta ordenanza militar.

(2) El incumplimiento de la medida prevista en el artículo 1 conlleva responsabilidad disciplinaria, civil, contravencional o penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ordenanza Gubernamental de Emergencia nº 1/1999 sobre el régimen del Estado. de sitio y el régimen del estado de excepción, con sus modificaciones y adiciones posteriores.

(3) El personal de la institución a que se refiere el apartado (1) está facultado para comprobar las infracciones y aplicar sanciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ordenanza Gubernamental de Emergencia nº 1/1999, con sus modificaciones y adiciones posteriores.

Art.3 – (1) Párrafos (1) y (2) del artículo 3 de la Ordenanza militar n.º 4/2020 sobre medidas para prevenir la propagación del COVID-19, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n. 257 de 29 de marzo de 2020, se modifican y tendrán el siguiente contenido:

"(1) Las personas que abandonen el lugar donde fueron puestas en cuarentena, sin la aprobación de las autoridades competentes, estarán obligadas a reanudar el ciclo de cuarentena de 14 días, asumiendo los gastos ocasionados con su cuarentena, y serán penalmente responsables según las ley.

(2) Las personas que no cumplan con las condiciones de aislamiento en el lugar declarado/en el que hayan elegido realizar el aislamiento y sean identificadas fuera del espacio de aislamiento estarán obligadas a entrar en cuarentena por 14 días, corriendo con los gastos ocasionados con su cuarentena, y será sancionado según lo dispuesto en la Ordenanza Gubernamental de Urgencia nº 1/1999 relativa al régimen del estado de sitio y al régimen del estado de excepción, con sus modificaciones y adiciones posteriores, si el acto no constituye un crimen."

(2) La medida se aplica a partir de la fecha de publicación de esta ordenanza militar en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I.

Art. 4 – Lo dispuesto en el art. 4 de la Ordenanza Militar nº 4/2020 sobre medidas para prevenir la propagación del COVID-19, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, nº 257 del 29 de marzo de 2020, no se aplica:

a) pilotos de aeronaves y personal de vuelo que vuelen hacia y desde áreas bajo el código "zona AMARILLA" o sin riesgo epidemiológico;

b) los pilotos de aeronaves y el personal de vuelo que vuelen hacia y desde áreas bajo el código "zona ROJA" o con riesgo epidemiológico, que no bajen de la aeronave entre vuelos, ni usen equipo de protección (mono, guantes, gafas, mascarilla), si baja del avión entre vuelos.

Art.5 – (1) Esta ordenanza militar se publica en el Boletín Oficial de Rumania, Parte I.

(2) Los proveedores de servicios de comunicación audiovisual tienen la obligación de informar al público, mediante mensajes difundidos periódicamente, durante al menos dos días a partir de la fecha de publicación, sobre el contenido de la presente ordenanza militar."

Ordenanza militar 6 - el texto completo

"ORDENANZA MILITAR núm. 6 de 30.03.2020 sobre el establecimiento de la medida de cuarentena en el municipio de Suceava, algunos municipios de la zona limítrofe, así como una zona de protección en algunas unidades administrativo-territoriales del condado de Suceava

Considerando lo dispuesto en el art. 24 de la Ordenanza de Emergencia del Gobierno núm. 1/1999 sobre el régimen del estado de sitio y el régimen del estado de emergencia, publicado en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, no. 22 de 21 de enero de 1999, aprobada con modificaciones y adiciones por la Ley no. 453/2004, con modificaciones y adiciones posteriores,

Teniendo en cuenta la evaluación realizada por el Comité Nacional para Situaciones Especiales de Emergencia, aprobada mediante Decisión no. 17 del 30.03.2020,
De conformidad con el art. 4 párr. (2) y (4) del Decreto del Presidente de Rumanía nº 195/2020 sobre el establecimiento del estado de emergencia a nivel nacional, publicado en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, nº. 212 de 16 de marzo de 2020, de los puntos 1 y 3 del anexo no. 2 del mismo decreto y el art. 20 litros. n) de la Ordenanza Gubernamental de Emergencia nº 1/1999, con modificaciones y adiciones posteriores,

El Ministro del Interior emite la siguiente Ordenanza Militar

Art.1 – Durante el estado de emergencia, la medida de cuarentena se establece en el municipio de Suceava y en la zona limítrofe formada por los ocho municipios siguientes: Adâncata, Salcea, Ipotești, Bosanci, Moara, Șcheia, Pătrăuți y Mitocu Dragomirnei.

Art.2 – Durante el estado de emergencia, se establece una zona de protección como perímetro de seguridad alrededor de las localidades en cuarentena, compuesta por todas las demás unidades territoriales administrativas del condado de Suceava.

Art.3 – En la zona en cuarentena prevista en el art.1, se permite la entrada y salida de:
a) el transporte de mercancías, cualquiera que sea su naturaleza, de materias primas y recursos necesarios para el desarrollo de actividades económicas en la zona bajo cuarentena, así como para el abastecimiento de la población;
b) personas que no viven en la zona bajo cuarentena pero que desarrollan actividades económicas o en el ámbito de la defensa, el orden público, la seguridad nacional, la salud, las situaciones de emergencia, la administración pública local, la asistencia y protección social, el poder judicial, los servicios públicos, energía, agricultura pública, alimentación, abastecimiento de agua, comunicaciones y transporte.

Art.4 – El Ministerio de Transportes, Infraestructuras y Comunicaciones, así como los operadores económicos en el ámbito del transporte ferroviario de pasajeros, no venderán billetes/abonos u otros documentos de viaje para el transporte de pasajeros en la zona bajo cuarentena, salvo lo dispuesto en el art. . 3.

Art.5 – Todas las restricciones establecidas por ordenanzas militares anteriores se aplican en consecuencia en las localidades bajo cuarentena y en la zona de protección.

Art.6 – El Centro de Coordinación y Gestión de Intervenciones de Suceava (CJCCI) está facultado para establecer adiciones y derogaciones a las disposiciones previstas en el art. 3.

Art.7 – (1) En la zona de protección, los órganos con atribuciones en el ámbito de la defensa, el orden público y la seguridad nacional establecerán medidas específicas para prevenir y limitar la entrada y salida de personas en/desde la zona de cuarentena prevista en el arte. 1.
(2) En la zona de protección, está prohibido el desplazamiento entre localidades de la zona de personas pertenecientes a otras categorías socioprofesionales.
(3) Las autoridades de la administración pública local y distrital informarán a las personas en la zona de protección de sus obligaciones en materia de viajes y acceso hacia/desde la zona en cuarentena.
(4) La aplicación de las medidas de verificación, control y acceso en/desde la zona bajo cuarentena la lleva a cabo el personal de las estructuras del Ministerio del Interior en colaboración con el del Ministerio de Defensa Nacional.

Art.8 – El acceso al aeropuerto internacional "Ștefan cel Mare" de Suceava está permitido únicamente para vuelos realizados por aviones estatales, vuelos de transporte de carga y correo, humanitarios o que prestan servicios médicos de emergencia, así como aterrizajes técnicos no comerciales.

Art.9 – El Consejo del Condado de Suceava, junto con los alcaldes y los consejos locales de las unidades administrativo-territoriales ubicadas en la zona de cuarentena y en la zona de protección, tomarán medidas para garantizar el funcionamiento de los servicios de protección y asistencia social, el buen funcionamiento de los servicios públicos. servicios, como el suministro de alimentos básicos para personas sin apoyo u otra forma de ayuda y que no pueden moverse de casa/hogar.

Art.10 - Queda estrictamente prohibido el acceso entre localidades por zonas y vías de acceso distintas de las abiertas al tráfico público en las carreteras europeas, nacionales, comarcales y municipales.

Art.11 – (1) Están facultados para velar por la aplicación y cumplimiento de las disposiciones de esta ordenanza militar:
a) La policía rumana, la gendarmería rumana y la policía local, para las medidas previstas en el artículo 3;
b) El Ministerio de Transportes, Infraestructuras y Comunicaciones, para las medidas previstas en los artículos 4 y 8.
(2) El incumplimiento de las medidas previstas en los artículos 3, 4 y 8 conlleva responsabilidad disciplinaria, civil, contravencional o penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ordenanza Gubernamental de Emergencia nº 1/1999, con modificaciones y adiciones posteriores.
(3) El personal de las instituciones mencionadas en el apartado 1 está facultado para comprobar las infracciones y aplicar sanciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ordenanza Gubernamental de Emergencia nº 1/1999, con sus modificaciones y adiciones posteriores.

Art.12 – (1) Esta ordenanza militar se publica en el Boletín Oficial de Rumania, Parte I.
(2) Los proveedores de servicios de comunicación audiovisual tienen la obligación de informar al público, mediante mensajes difundidos periódicamente, durante al menos dos días a partir de la fecha de publicación, sobre el contenido de la presente ordenanza militar."